
Los eventuales obstáculos que es necesario superar para la recibir los beneficios de la nueva legislación educacional
Hay condiciones objetivas y concretas del sistema educativo nacional que se constituyen en un eventual obstáculo para que la nueva legislación se instaure, opere, y por cierto, lo más importante, rinda sus frutos.
La ley que crea la superintendencia de educación e instaura la agencia de aseguramiento de la calidad, si bien son un gran avance, se estima que objetiva y concretamente hay una carencia de condiciones de base, para que pueda operar de manera optima, y por cierto rendir los resultados que de esta nueva legislación se espera.
La Ley General de Educación (LGE), que ya está aprobada, es la que proporciona el marco para el desenvolvimiento y desarrollo de la educación chilena. No obstante la Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, que aun la Cámara de Diputados tramita con carácter de suma urgencia, es la que verdaderamente marca el énfasis operativo del marco general educacional chileno, y en consecuencia es el proyecto que cuenta, a la hora de medir los mejores resultados que se requieren para los mayores y mejores resultados educativos de los niños/as y jóvenes que están en el sistema.
El proyecto crea dos organismos; una de carácter fiscalizador, la Superintendencia de Educación y la que vela por los resultados y la calidad del servicio, la Agencia de Calidad, que estará en contacto con las escuelas y les brindará apoyo para que mejoren sus logros, o en su defecto mantengan sus buenos resultados.
Es indudable que esta nueva mirada que se busca imprimir al sistema, esto de enfatizar en los resultados, es un salto muy importante que por cierto apunta en la dirección correcta, sin embargo, para los actores del sistema, resulta un cambio copernicano, muy difícil de asumir en lapsos breves de tiempo, y sin una cuota importante de apoyo y asistencia docente.
Es conveniente señalar, que una de las debilidades del sistema, es su carencia de personal debidamente preparado para alcanzar los estándares de calidad que se exigirán. No es conveniente asumir a priori, que todos los actores tienen las competencia necesarias para llegar por si mismos, a estos nuevos estándares exigidos. Que los diferentes actores, en sus respectivas áreas de competencia tengan las capacidades y cuenten con las herramientas y recursos, para poner el foco en el mejoramiento de la calidad, no es una situación que la autoridad o la ley deben dar por dadas.
¿Cómo hará el sistema para que en los primeros años, se forme capital humano, si este no se encuentra presente, en la gran mayoría de las casas de estudios superiores, que forman a los diferentes actores del sistema?
¿Qué tan distante estamos del nivel mínimo deseado o aceptable para abordar con éxito este tema?, es algo que los centros de estudios, los investigadores de la educación deberán determinar.
• ¿Cuál será el nuevo rol del Mineduc?, no aparece aun muy claro este punto, la nueva forma en que deberá funcionar el Mineduc, en medio del esquema de esta nueva legislación, teniendo en consideración, que muchas de sus actuales atribuciones, pasarán a la nuevas instituciones. A juicio de un centro de estudios “el proyecto no es claro en este punto, y es posible que funciones de evaluación, monitoreo, y seguimiento de las escuelas terminen haciéndose por dos vías, por el Mineduc y la agencia” señala un investigador de la UC.
• La implementación de la nueva legislación debiera ser muy gradual, para tener el tiempo suficiente de poder instalar las capacidades, tanto materiales como de recursos humanos, que permitan dar el salto, que el sistema necesita para brindar a los escolares del país una educación de calidad, que merecen.
Hay condiciones objetivas y concretas del sistema educativo nacional que se constituyen en un eventual obstáculo para que la nueva legislación se instaure, opere, y por cierto, lo más importante, rinda sus frutos.
La ley que crea la superintendencia de educación e instaura la agencia de aseguramiento de la calidad, si bien son un gran avance, se estima que objetiva y concretamente hay una carencia de condiciones de base, para que pueda operar de manera optima, y por cierto rendir los resultados que de esta nueva legislación se espera.
La Ley General de Educación (LGE), que ya está aprobada, es la que proporciona el marco para el desenvolvimiento y desarrollo de la educación chilena. No obstante la Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, que aun la Cámara de Diputados tramita con carácter de suma urgencia, es la que verdaderamente marca el énfasis operativo del marco general educacional chileno, y en consecuencia es el proyecto que cuenta, a la hora de medir los mejores resultados que se requieren para los mayores y mejores resultados educativos de los niños/as y jóvenes que están en el sistema.
El proyecto crea dos organismos; una de carácter fiscalizador, la Superintendencia de Educación y la que vela por los resultados y la calidad del servicio, la Agencia de Calidad, que estará en contacto con las escuelas y les brindará apoyo para que mejoren sus logros, o en su defecto mantengan sus buenos resultados.
Es indudable que esta nueva mirada que se busca imprimir al sistema, esto de enfatizar en los resultados, es un salto muy importante que por cierto apunta en la dirección correcta, sin embargo, para los actores del sistema, resulta un cambio copernicano, muy difícil de asumir en lapsos breves de tiempo, y sin una cuota importante de apoyo y asistencia docente.
Es conveniente señalar, que una de las debilidades del sistema, es su carencia de personal debidamente preparado para alcanzar los estándares de calidad que se exigirán. No es conveniente asumir a priori, que todos los actores tienen las competencia necesarias para llegar por si mismos, a estos nuevos estándares exigidos. Que los diferentes actores, en sus respectivas áreas de competencia tengan las capacidades y cuenten con las herramientas y recursos, para poner el foco en el mejoramiento de la calidad, no es una situación que la autoridad o la ley deben dar por dadas.
¿Cómo hará el sistema para que en los primeros años, se forme capital humano, si este no se encuentra presente, en la gran mayoría de las casas de estudios superiores, que forman a los diferentes actores del sistema?
¿Qué tan distante estamos del nivel mínimo deseado o aceptable para abordar con éxito este tema?, es algo que los centros de estudios, los investigadores de la educación deberán determinar.
• ¿Cuál será el nuevo rol del Mineduc?, no aparece aun muy claro este punto, la nueva forma en que deberá funcionar el Mineduc, en medio del esquema de esta nueva legislación, teniendo en consideración, que muchas de sus actuales atribuciones, pasarán a la nuevas instituciones. A juicio de un centro de estudios “el proyecto no es claro en este punto, y es posible que funciones de evaluación, monitoreo, y seguimiento de las escuelas terminen haciéndose por dos vías, por el Mineduc y la agencia” señala un investigador de la UC.
• La implementación de la nueva legislación debiera ser muy gradual, para tener el tiempo suficiente de poder instalar las capacidades, tanto materiales como de recursos humanos, que permitan dar el salto, que el sistema necesita para brindar a los escolares del país una educación de calidad, que merecen.
